Licencias Creative Commons

¿A qué problemas busca dar respuesta Creative Commons?



Los derechos de autor son la concesión de un monopolio exclusivo de distribución y disposición de una obra entregado por el Estado. Esto implica que todos los autores y creadores de obras pueden disponer de manera exclusiva de las mismas. Los derechos de autor suelen dividirse a su vez en dos derechos de características diferentes: los derechos morales y los derechos patrimoniales. A los primeros les corresponde el reconocimiento de la paternidad de la obra y la preservación de la integridad, mientras que los segundos implican todo lo relacionado a los derechos económicos y de distribución de las obras.
En Argentina, el derecho de autor es una regulación legal que fija los términos y condiciones bajo los cuales una persona física o jurídica puede disponer de sus obras. La ley argentina data de 1933 y es la 11.723 de Propiedad Intelectual. Esta ley confiere derechos totales y exclusivos al autor sobre la copia y distribución de sus obras, tal como expresa el art. 2 de la ley: “el derecho de propiedad de una obra científica, literaria o artística, comprende para su autor la facultad de disponer de ella, de publicarla, de ejecutarla, de representarla, y exponerla en público, de enajenarla, de traducirla, de adaptarla o de autorizar su traducción y de reproducirla en cualquier forma”. Quien realice una reproducción no autorizada, en los términos de la ley, se convierte automáticamente en criminal, y en ocasiones podrá verse forzado a pagar por ello.
En Argentina y en otros países, los derechos exclusivos de copia y distribución están vigentes a partir del momento en que un autor plasma sus expresiones sobre cualquier soporte y los publica. Es decir, la ley no hace obligatorio el registro de la obra en ninguna oficina o institución en particular, que en Argentina sería la Dirección Nacional de Derecho de Autor, salvo para el caso de los libros.
Sin embargo, es posible que hoy muchos autores y editores, instituciones o empresas, no quieran reservarse todos los derechos exclusivos, pero suele ocurrir que muchas veces no colocan un aviso legal aclarando qué derechos se reservan y qué derechos liberan. Considerando que la protección rige a partir de la publicación, por más que los autores la publiquen en un medio digital como Internet y estén deseosos de que otros autores la reproduzcan, remixen, traduzcan, republiquen o incluso la publiquen en formatos analógicos, sin el aviso correspondiente el beneficiario de la obra no puede hacer nada con ella más que leerla. Lo mismo ocurre en el caso de las obras editadas en formatos tradicionales: sin el aviso, lo que prima es el derecho exclusivo del autor.
En estos casos, esos autores pueden ejercer sus derechos tal como figura en el art. 2 de la ley Argentina y fijar su voluntad mediante una licencia que establezca de manera correcta cuáles son los derechos que se reserva y cuáles los que decide liberar. Hay muchas licencias disponibles para obras artísticas, literarias y científicas; Creative Commons en este sentido no es la única licencia posible. Creative Commons tiene, sin embargo, tres características distintivas:
  • propone un conjunto de licencias públicas gratuitas correctamente estandarizadas, elaboradas por abogados especialistas en el tema;
  • las licencias son fácilmente entendibles por personas no especializadas en asuntos legales;
  • y están estandarizadas a nivel de código de máquina, por lo que pueden ser identificadas rápidamente por varios navegadores y aplicaciones web.

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Sobre las licencias

1) ¿Cómo funciona la licencia Creative Commons?
La licencia Creative Commons tiene tres niveles de expresión.
  • El primero es el código legal: este es el contrato de validez legal, redactado por abogados, en los términos que requiere la ley.
  • El segundo es el commons deed o código humano: es la licencia expresada en íconos relevantes e intuitivos y en términos comprensibles para humanos, que delimita lo que cada licencia quiere decir y lo que cada autor conserva y libera con cada licencia en particular.
  • El tercero y último es el código de máquina o código digital: es la forma de presentación de la licencia que la máquina, los motores de los buscadores, y cualquier otra pieza de software, puede procesar, comprender y mostrar.
2) ¿Hay que pagar algo por utilizar las licencias?
No. Las licencias son gratuitas.
3) ¿Las licencias están traducidas a otros idiomas?
Sí. Esto favorece la interoperabilidad de las licencias en otros países. El commons deed y el código legal, al estar traducido a otros idiomas y estandarizado, hace que esté claro en otras partes del mundo de qué modo debe ser utilizada tu obra.
4) ¿Quiénes pueden utilizar las licencias?
Cualquier titular de derechos sobre diferentes tipos de obras puede utilizar las licencias: desde científicos hasta artistas, pasando por músicos, editoriales, documentalistas, fotógrafos, entre otros. Pueden utilizarlas tanto personas individuales como instituciones, sin distinciones de ningún tipo. Sin embargo, estas licencias han sido especialmente diseñadas para contenidos, no para software, por lo que no recomendamos el uso de las licencias Creative Commons para software (FLOSS) o para documentación de software. Para ello ya existen excelentes opciones como la GPL de la Free Software Foundation, entre otras.
5) ¿Los trabajos que usen las licencia de Creative Commons serán de 'dominio público’?
No. Las licencias Creative Commons están basadas en el derecho de autor y hacen que tu obra permanezca en el dominio privativo, pero con excepciones y limitaciones elegidas y explicitadas por cuenta propia. En el dominio público el autor ya no puede tener control sobre su obra, y pasa a pertenecer a toda la humanidad como patrimonio común colectivo.
6) Si utilizo una licencia Creative Commons, ¿pierdo mis derechos morales sobre la obra?
No. Los derechos morales, que comprenden: reconocer la paternidad de la obra y respetar la integridad de la misma, son intransferibles y no pueden cederse. Como las licencias Creative Commons están basadas en los derechos de autor, estos derechos se conservan sin importar la licencia que se escoja.
7) Si elijo la opción de licencia no comercial, ¿puedo seguir ganando dinero con mis trabajos con licencia?
Sí. La condición de “uso no comercial” sólo es válida para los que utilizan tu trabajo, no para el titular de los derechos de autor. Las personas que quieran utilizar tu trabajo a cambio de dinero no pueden hacerlo para conseguir un provecho comercial o compensación monetaria privada, por lo que se entiende que no debe mediar el lucro.
Otra cosa que hay que entender sobre las licencias Creative Commons es que no son exclusivas. Esto quiere decir que puedes permitirle al público general usar tu trabajo licenciado con Creative Commons y luego tener una licencia no exclusiva con otra persona, institución o empresa a cambio de dinero, por ejemplo.
8) ¿Por qué alguien querría utilizar una licencia Creative Commons en vez de conservar los derechos exclusivos sobre sus obras?
En el caso de las instituciones públicas, medios comunitarios u organizaciones sociales, muchas de ellas suelen tener una fuerte orientación social. La legislación actual de derecho de autor le agrega trabas legales a su trabajo de difusión de las problemáticas con las que tratan. Impedir la difusión de sus contenidos mediante la imposición de las condiciones restrictivas de la legislación podría parecer un despropósito si se considera que la misión principal de muchas de estas instituciones es difundir contenidos por todos los medios posibles a su alcance. En este marco, la Internet es uno de los medios disponibles, y quizás el más democrático en algunas de sus características principales.
En el caso de otras instituciones o de emprendimientos culturales, tales como editoriales, discográficas, cinematográficas, entre otros, la utilización de las licencias Creative Commons cumple con dos características: permiten la difusión nodal en las redes a bajo costo y no impiden ganar dinero con ellas. Simplemente le da mayores libertades al público y a los usuarios para utilizar las obras, liberándolos de la posibilidad de volverse criminales por el simple hecho de copiar una canción o un par de capítulos de un libro. Hay muchos estudios que pueden consultarse sobre el efecto beneficioso de la libertad de circulación de las obras y las redes en la promoción y difusión de los emprendimientos culturales y artísticos.
En cuanto a las personas individuales, hay muchas razones que puede motivar a cada uno de ellos a utilizar una licencia Creative Commons, tantas razones como personas haya. Puede ser para ayudar a desarrollar nuevas formas artísticas mediante plataformas colaborativas; para contribuir al trabajo intelectual común; para permitir que otros puedan copiar y compartir el contenido creado; para diseminar tu obra; para crearte una reputación en ciertos entornos donde la colaboración es tomada como un valor positivo.
Las licencias Creative Commons varían en grados de permisividad: algunas se acercan a “todos los derechos reservados” y otras se parecen más a “ningún derecho reservado”. Las seis licencias contemplan un amplio rango de posibilidades, pero si aún te surgen dudas de por qué querrías utilizar una licencia de Creative Commons, siempre te puedes suscribir a la lista de e-mails de Creative Commons Argentina para despejar dudas o escribirnos a info@creativecommons.org.ar.
9) ¿Quiénes se benefician de las licencias Creative Commons?
La sociedad en general, el público en particular, y sobre todo aquellos que utilizan contenido para el desarrollo diario de sus tareas, tales como bibliotecarios, estudiantes, docentes, investigadores, músicos, artistas en general, entre otros. La cultura crece compartiéndola. El hecho de utilizar licencias libres en general amplía el campo de los contenidos disponibles para su utilización y acceso, por lo que se fomenta la libertad de expresión, la creatividad, la innovación y la difusión de contenidos a través de todos los medios posibles.
10) ¿Por qué no me conviene inventarme una licencia propia a mi medida?
No recomendamos la invención de una licencia propia. Las licencias inventadas por uno mismo, si bien tienen validez legal, suelen tener los siguientes defectos:
  1. pueden no ser comprensibles para todo el mundo;
  2. si carecen de una traducción a otro idioma, perderán interoperabilidad en otras partes del mundo;
  3. pueden carecer de un idioma legal claro;
  4. pueden imponer condiciones incompatibles entre sí o condiciones incompatibles con la legislación vigente;
  5. pueden no ser legibles por el software (el código de máquina) que sí tienen las licencias Creative Commons, y por lo tanto, no ser fácilmente ubicadas entre el sinfin de materiales disponibles en la red;
  6. pueden tener texto redundante;
  7. no están estandarizadas;
  8. en muchos casos son incompatibles con las licencias más usadas.
Por supuesto, esto no implica que no te inventes una licencia a tu medida si realmente ése es tu deseo, pero estas son simplemente las razones por las cuales nosotros consideramos que es mejor que optes por una licencia Creative Commons o alguna similar como la GFDL (GNU Free Documentation License), es decir, licencias respaldadas por instituciones y redactadas por abogados especializados en la temática de derecho de autor.
11) ¿No hay ya suficientes licencias para contenido? ¿Cuál es el aporte específico de las licencias Creative Commons a lo existente?
Creative Commons se basa en otras experiencias e iniciativas que buscan promover un mundo de mayor libertad para utilizar y compartir obras de todo tipo, como el caso de Richard Stallman, fundador de la Free Software Foundation y autor de la General Public License (Licencia General Pública o GNU GPL). El aporte específico de las licencias Creative Commons es: el campo de aplicación, que comprende todas las obras creativas como películas, audio, literatura, música, fotografía, investigación y ciencia, es decir, obras literarias, científicas y artísticas que no son software; y su capa de tres niveles que la convierte en una herramienta sólida y robusta, comprensible para humanos, abogados y máquinas. Cualquier herramienta que permita a los autores y creadores compartir sus materiales de manera abierta es bienvenida.
12) ¿Está construyendo Creative Commons una base de datos de contenidos que están bajo licencia?
Creative Commons no pretende constituir una base de información controlada por una organización central. Actualmente, Creative Commons construye herramientas de manera que la web semántica pueda identificar y clasificar los trabajos bajo licencia de una manera distribuida y descentralizada.
3. Creative Commons y cultura libre
1) ¿Cuándo una obra cultural se considera 'libre’?
Según la definición de «obras culturales libres» de la Freedom Definition , para que una obra sea reconocida como «libre», una licencia debe otorgar las siguientes libertades:
  • La libertad de usar y ejecutar la obra: Se debe permitir que el licenciatario haga todo tipo de uso, privado o público, de la obra. Para los tipos de trabajo en los que sea relevante, esta libertad debe incluir todos los usos derivados («derechos relacionados») como ejecutar o interpretar la obra. No debe haber excepciones que consideren, por ejemplo, cuestiones políticas o religiosas.
  • La libertad de estudiar la obra y aplicar la información: Se debe permitir que el licenciatario examine la obra y utilice en cualquier manera el conocimiento obtenido de la obra. La licencia no puede, por ejemplo, restringir la «ingeniería inversa».
  • La libertad de redistribuir copias: Las copias pueden venderse, intercambiarse o darse gratis, como parte una obra mayor, una colección, o de forma independiente. No debe haber límite a la cantidad de información que se puede copiar. Tampoco debe haber límites sobre quien puede copiar la información o donde puede copiarse.
  • La libertad de distribuir obras derivadas: Con objeto de dar a todo el mundo la posibilidad de mejorar una obra, la licencia no debe limitar la libertad de distribuir una versión modificada (o, para obras físicas, una obra derivada de alguna manera del original), sin importar la intención y propósito de dichas modificaciones. Sin embargo, se pueden aplicar algunas restricciones para proteger estas libertades esenciales o el reconocimiento de los autores (vea más abajo).
2) ¿Todas las licencias Creative Commons son 'libres’?
No. Las licencias Creative Commons que son compatibles con la definición de «obras culturales libres» de la “Freedom Definition” están identificadas con el ícono “Approved for Free Cultural Works” (Aprobada para obras culturales libres). Son las licencias CC By (Atribución) y CC By SA (Atribución – Compartir igual). Esto implica que las obras licenciadas con los términos “No Comercial” ó “Sin Obras Derivadas” no califican como obras libres según esta definición.
3) ¿Qué licencia debo usar para que mi obra pueda ser incluida dentro de los proyectos colaborativos de cultura libre?”
Proyectos tan importantes como la enciclopedia colaborativa de contenido libre Wikipedia, o el repositorio de obras libres Wikimedia Commons adhieren a esta definición de obras culturales libres, y sólo aceptan contenido cuyas condiciones de uso califiquen dentro de la misma. Para el caso de las licencias Creative Commons, son solamente las licencias CC By (Atribución) y CC By SA (Atribución – Compartir igual). Esto significa que si eliges para tus obras alguna de esas dos licencias, tus obras podrían incorporarse al contenido de Wikipedia o Wikimedia Commons, u otros proyectos de cultura libre que sigan los lineamientos de Freedom Definition, que son la mayoría.

4. Licenciando con Creative Commons

1) Ya me decidí a utilizar una licencia Creative Commons. ¿Cuál es la manera adecuada de colocarla en mi obra?
Una vez que elegiste qué licencia utilizar, puedes incluir el botón de Creative Commons “Algunos derechos reservados” en tu web o en tu obra, o bien el Commons Deed que muestra específicamente qué se puede hacer y qué no se puede hacer con tu obra. De cualquier manera, siempre se puede incluir un enlace al Commons Deed mediante un link de “Términos y Condiciones de Uso” que informe al público cuáles son las condiciones de la licencia.
2) ¿Las licencias Creative Commons son válidas en Argentina?
Sí. Es el ejercicio pleno del derecho de autor tal como lo establece el art. 2 de la ley argentina 11.723: “el derecho de propiedad de una obra científica, literaria o artística, comprende para su autor la facultad de disponer de ella, de publicarla, de ejecutarla, de representarla, y exponerla en público, de enajenarla, de traducirla, de adaptarla o de autorizar su traducción y de reproducirla en cualquier forma”. Las licencias Creative Commons son una autorización por adelantado por parte del autor para ciertos usos sobre su obra. La ley dispone que es el autor quien debe autorizar cualquier actividad relacionada con la obra, pero no especifica en qué momento debe dar la autorización, por lo cual la autorización previa es tan válida como la autorización dada al momento de consultarlo.
3) ¿Las licencias Creative Commons me proporcionan protección legal contra usos no autorizados?
Sí. Cada una de las licencias Creative Commons deja en claro cuáles son los usos autorizados y cuáles no lo son. En caso de que una persona o una empresa utilicen tu obra de una manera no autorizada que haya sido especificada en la licencia, puedes ejercer tus derechos, pedir la compensación correspondiente y eventualmente ir a tribunales e iniciar una demanda.
4) ¿Qué sucede si cambio de opinión y quiero volver a “todos los derechos reservados”?
Las licencias Creative Commons son irrevocables. Puedes dejar de distribuir tu obra bajo la licencia Creative Commons en el momento en que quieras, pero las copias que están con la licencia Creative Commons que elegiste previamente seguirán circulando de manera legal, de modo que recomendamos que estés seguro/a de tu decisión al utilizar una licencia Creative Commons en tu obra antes de distribuirla.
5) ¿Puedo colocar una licencia Creative Commons a un trabajo que esté en el dominio público?
No, salvo que se trate de una obra derivada. Si, por ejemplo, realizas una traducción al español de un autor extranjero de otro idioma cuya obra está en el dominio público, la traducción se considera nueva obra y por lo tanto rigen los mismos derechos exclusivos que en el resto de las obras. En ese caso, sí puedes colocarle una licencia Creative Commons a tu trabajo.
6) ¿Cómo hago en el caso de obras en colaboración?
En el caso de obras en colaboración rigen los mismos principios: se puede licenciar el trabajo total de todos los colaboradores, o sólo tu parte. Lo ideal es que si se trata de una obra difícil de separar sin perder la unidad original (en el caso de la música, por ejemplo) todos los colaboradores estén de acuerdo en lienciar el contenido.
7) ¿Puedo usar una licencia de Creative Commons con software?
No es recomendable, aunque nada te impide hacerlo. Lo mejor es utilizar una licencia estándar para software, que están explicadas tanto en la página del Proyecto GNU, como de la Open Source Initiative, que distinguen entre código fuente y código objeto, fundamental para el software. Algunos campos de las licencias Creative Commons son además incompatibles con las iniciativas de código abierto.
8) ¿Puedo usar las licencias de Creative Commons para la documentación de software?
Recomendamos la Free Documentation License (Licencia de documentación libre) de la Free Software Foundation para textos de soporte de un software en concreto.
9) ¿Algunas combinaciones de las opciones de licencia a medida son incompatibles entre sí?
Sí. “Sin Derivadas” y “Compartir igual” no tienen sentido. La condición “Compartir igual” sólo tiene sentido respecto de las obras derivadas. Es importante notar que cada copia distribuida debe tener adjuntos los términos originales de las licencias: si copiás un archivo licenciado con una CC – By – Sa, debés colocarle a ese archivo la misma licencia con las condiciones de CC – By – Sa. La licencia “Compartir Igual” extiende el requisito a todas las obras derivadas, de modo que si usas ese archivo en otra obra, la disposición “Compartir Igual” obliga a que pongas exactamente la misma licencia a la obra final. Esto implica que las licencias también pueden ser incompatibles entre sí en caso de que se traten de más de dos obras. Por ejemplo, si tienes un archivo de audio al que le colocaste una licencia CC – By – Nc – Sa, y alguien quiere usarlo en un documental de carácter comercial liberado con CC pero no le molesta que otros puedan explotarlo comercialmente, la Nc se vuelve incompatible con otra como la CC – By – Sa.
10) ¿Qué ocurriría si el propietario de una obra protegida por derechos de autor o copyright dijera que su trabajo está regido por dos licencias diferentes de Creative Commons?
Elige la licencia que más te interese para usar la obra. Generalmente, un titular de derechos de autor que ofrece su obra bajo dos licencias diferentes está proporcionando al público la posibilidad de elegir entre ambas. Si, por ejemplo, una fotografía está regida por una licencia con una condición no comercial, más una licencia aparte con una condición de atribución, no quiere decir que ambas licencias tengan que funcionar a la vez. Si el titular de los derechos de autor sobre la obra quiere que las dos licencias actúen a la vez, debería asegurarse de elegir una única licencia que contenga ambas condiciones.